Comunidad Regional

Las Comunidades Regionales actúan en el marco de la Provincia de Córdoba. A través de esta forma de organización 249 municipios y 178 comunas trabajan en procesos de asociativismo en el marco de su región.

Previo a la existencia de estas había ciertas experiencias de asociativismo, pero la falta de legislación e incentivos por parte de los gobiernos locales, la ausencia de proyectos compartidos y la carencia de perspectiva regional, impulsaban al fracaso de las mismas.

En el año 1999 con posterioridad a la legislación de la ley 8864 de acuerdo financiero y fiscal entre la provincia y los municipios y la conformación de entes intermunicipales, se dictó la Ley de regionalización, dando origen a las Comunidades Regionales.

La ley de regionalización Nº 9206 reconoce en cada Región Departamental una Comunidad Regional, es decir que existen tantas regiones como departamentos (26).


Ver Ley 9206 en formato PDF

La regionalización respeta las autonomías locales, la integración a las comunidades es voluntaria. Este modelo asociativo permite a los gobiernos locales participar en decisiones de interés común al conjunto de gobiernos asociados. Además, la unión genera, entre otros efectos, iniciativas de desarrollo regional.

 

Comunidades Regionales

 

Las Comunidades regionales son personas jurídicas del Derecho Público, las mismas están integradas por los Municipios y Comunas  - que voluntariamente decidan integrarse por ordenanza o resolución -, legisladores provinciales - con domicilio en la región y la sociedad civil - , y la Sociedad Civil - a través de foros, los cuáles deben ser convocados a la Comisión toda vez que se traten temas propios de sus objetivos específicos.


Es competencia de las Comunidades Regionales:

  • En su jurisdicción: las que los Municipios y Comunas tienen en la suya.
  • En toda la región: el ejercicio del poder de policía de la Provincia. A través  de la ley Nº 9206 la Provincia delega en las Comunidades Regionales el ejercicio de su poder de policía. Las Comunidades pueden aceptar o no la delegación, previo acuerdo sobre recursos.
  • En jurisdicción de Municipios o Comunas: las que estos voluntariamente le transfieran.
  • Planificar el desarrollo regional y fijar prioridades.

 

A través de la creación de las Comunidades regionales se pretende que la incorporación de las zonas grises a la  jurisdicción regional perfeccione la función de policía del estado, y que el aprovechamiento de recursos compartidos (maquinarias, equipos, técnicos, órganos de gestión, etc.) efectivice la gestión de los gobiernos locales. 
Además, la atención por las comunidades de problemas regionales, y el accionar asociado genera la búsqueda de políticas de estado y la elaboración de proyectos y programas tendientes a superar las asimetrías y pensar en común el desarrollo regional.

 


Comunidad Regional San Martín


Villa María integra la Comunidad Regional San Martín, la cuál posee su sede en  nuestra ciudad. La mencionada Comunidad es presidida por el Intendente Municipal de la localidad de Etruria Héctor M. Baravalle.





BOLETÍN INFORMATIVO
Ingrese sus datos y reciba todas las novedades en su email.

Email:
Nombre:

Apellido:

Comunidad Regional
Canal RSS
© 2008 Municipalidad Villa María