La ciudad de Villa María cuenta desde este año con una nueva institución al servicio del deporte, la recreación y el turismo.
La misma bajo la denominación de Unidad Ejecutora de Turismo, Deporte y Recreación, quedó constituida el sábado 29 de mayo del corriente posterior a la firma del acta constitutiva a partir de la Ordenanza Nº 5.859.
La mencionada Unidad constituye una sociedad de economía mixta que es la responsable de ejecutar políticas públicas tendientes a favorecer dichos sectores y así fortalecer la actividad turística, promover y calendarizar el desarrollo de actividades y eventos deportivos como recreativos y culturales en la ciudad.
La creación de esta unidad de participación institucional posibilitará, a través de su Consejo de Planeamiento Estratégico y Consultivo, la expresión y el consenso de las acciones entre empresarios, deportistas y entidades deportivas, representantes del sector hotelero y gastronómico y el Municipio.
Directorio de la Unidad Ejecutora de Turismo, Deporte y Recreación
Presidente: Licenciado Marcos Hernán Bovo
Vicepresidente: Ingeniero Gustavo Fowler
Director del Sector Privado: Cristian Marcos Tigero
Director del Sector Público: Henry Rapetti.
Síndico Titular: Contador Sergio Gilabert
Síndicos Suplente: Abogado Lucas Caballero
¿Qué objetivos persigue la Unidad Ejecutora?
1) La promoción, asistencia, regulación, supervisión, fiscalización y ejecución de políticas, planes programas y proyectos, elaborados conforme a las directivas que imparta el Departamento Ejecutivo Municipal, vinculados con las actividades Deportivas y de Turismo, en todas sus expresiones, en la ciudad de Villa María;
2) Instrumentar las políticas necesarias para la generación de recursos genuinos tendientes al desarrollo y consecución de su objeto social;
3) Organizar, promover, comercializar, difundir, gerenciar, ejecutar, realizar, auspiciar, publicar exhibir en público y/o realizar todo acto o hecho vinculado con la ejecución de eventos deportivos, recreativos y actividades turísticas;
4) Instrumentar las medidas y acciones necesarias para generar recursos genuinos tendientes al desarrollo y consecución de su objeto;
5) La consolidación y mejoramiento del equipamiento e infraestructura deportiva y turística existente en la ciudad de Villa María.-
6) Articular conjuntamente con el Ministerio de Educación de la Provincia o de la Nación y con todo otro organismo vinculado al objeto de su creación, en las cuestiones referidas a los diversos establecimientos donde se imparta enseñanza orientada hacia la actividad deportiva y/o turística, o en aquellos en que el Deporte, el Turismo, la Hotelería u otras vinculadas a los dos ejes centrales de esta SEM (el Deporte y el Turismo) conformen la esencia principal de la formación académica;
7) La dirección, control y preservación de las zonas de dominio público, como asimismo los espacios o zonas privadas afectadas a la actividad o explotación turística y/o recreativa;
8) La realización de todo tipo de actividades deportivas y turísticas, pudiendo planificarlas y concretarlas, como así también programar y vender tours por la Ciudad, la Región, Provincia y Nación;
9) La administración, explotación, autorizaciones y controles respecto de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Estado Municipal, afectados o relacionados con la actividad turística y deportiva en el ámbito de la ciudad.
10) Administrar, negociar y/o celebrar todo tipo de contratos que se relacionen con la realización de eventos deportivos, recreativos y turísticos;
11) Administrar bienes muebles e inmuebles, capitales y/o empresas de terceros relacionadas con las actividades deportivas, recreativas y de turismo;
12) Coordinar acciones tendientes al fomento, desarrollo y difusión de la medicina de la educación física y del deporte;
13) Coordinar con entes públicos y privados de jurisdicción nacional, provincial o municipal a los fines de promover el deporte, la recreación y el turismo en todas sus formas;
14) Efectuar y actualizar en forma permanente los informes destinados a diagnosticar el estado del deporte, la recreación social y el turismo en la ciudad;
15) Promover la capacitación permanente de promotores deportivos y recreativos, de profesores de educación física, de guías turísticos y demás agentes vinculados a la actividad.
Consultas:
Mendoza esq. Antonio Sobral | 1º Piso - Ocina 110
Tel.: 0353 4533343/44 / int. 112
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